CASO EL SOCORRO: LA PUNTA DEL ICEBERG

Por: Yuliany Delva

Yuliany Delva

Estudiante de Ingeniería Ambiental con Énfasis en Gestión de la URL.

Creo firmemente que el futuro de la humanidad depende de nuestra capacidad para romper viejos esquemas y buscar otras formas de organizarnos política, económica, ambiental, social, emocional y sexualmente.

El 17 de septiembre del 2020 la inmobiliaria Las Lomas S.A. informó a través del medio de comunicación Nuestro Diario, lo relativo al Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto El Socorro Fase 1 Finca El Socorro 1″A”, el cual busca llevarse a cabo en zona 16. Sin embargo, la información consignada en el documento no corresponde a la realidad del proyecto, obra, industria o actividad, ya que se encuentra fraccionado, ingresando los instrumentos de evaluación de impacto ambiental por separado correspondiendo a las fases que lo conforman. Además, la Evaluación de Impacto Ambiental no cumple con los términos de referencia mínimos de acuerdo con la categoría del instrumento ya que no describe adecuadamente todos los componentes ambientales. Los impactos ambientales identificados no son acordes a las características del proyecto ya que varios de ellos se identificaron como reversibles, cuando en realidad la magnitud y las particularidades del proyecto suponen la imposibilidad de retornar, por medios naturales, a la situación anterior a la acción que se produce. 

Específicamente, en el caso del sistema hídrico, no se efectúa un análisis hidrológico de fuentes superficiales ni la caracterización de mantos acuíferos aledaños al proyecto, que indique la profundidad del manto freático y las condiciones en que se realizará.  En el caso del sistema biótico, no se efectuó un estudio de especies presentes en el sitio específicamente, no se considera el impacto ni la mitigación de la pérdida de hábitat de los organismos presentes. Tampoco presenta caracterización ni medidas de mitigación acordes para el sistema atmosférico y el sistema edáfico.

Hasta la fecha, el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales -MARN-, la entidad encargada de regular la gestión ambiental y analizar la documentación ingresada, no ha emitido una respuesta concreta de ninguna de las 10 oposiciones presentadas; sin embargo, los vecinos reportan tala en El Socorro hasta el momento, cuando no debería estar sucediendo. Es evidente que la justicia ambiental no existe en Guatemala.

Guatemala se encuentra ante una situación perjudicial en cuanto a la baja capacidad de respuesta institucional, los altos niveles de pobreza, la corrupción, la extracción de recursos naturales y la migración. Debido a esta situación, el Índice Global de Riesgo Climático nos posiciona en los primeros 10 lugares a nivel mundial en términos de vulnerabilidad climática. Según el Instituto de Investigación y Proyección sobre Ambiente Natural y Sociedad- IARNA-, esta situación se verá exacerbada en los próximos años, pues prevé que las áreas más secas se ampliarán, mientras que los ecosistemas más húmedos y fríos se reducirán, o en el peor de los casos, desaparecerán. Aun conociendo esto, el proyecto ya está eliminando árboles en parte alta de la cuenca hidrográfica, que además está en una zona de recarga hídrica media según el IARNA y FUNCAGUA. Estas áreas únicamente deberían estar sujetas a manejo forestal sostenible.

Actualmente, los impactos del exceso de precipitaciones pluviales y episodios largos de sequías generados por el cambio climático han dado como resultado la pérdida de ecosistemas, inseguridad alimentaria, empobrecimiento, enfermedades respiratorias e intestinales, migraciones, reducción de la calidad y disponibilidad de recursos hídricos, desastres naturales graves, entre otros.  El bosque de El Socorro ayuda a mitigar los cambios ambientales al absorber el dióxido de carbono de la atmósfera y convertirlo, a través de la fotosíntesis, en carbono que almacenan en forma de madera y vegetación. Además, los cambios drásticos de temperatura y precipitación implican una extinción de especies endémicas y altas tasa de mortalidad, por lo que se espera una pérdida de más del 50% de la diversidad genética para los años 2050 y 2080.

El Consejo Nacional de Áreas Protegidas -CONAP- (2010) y otras instituciones internacionales, describe a Guatemala como un país megadiverso. Además, el Convenio sobre Diversidad Biológica determina en el Artículo 14, Numeral 1 literal a) para los Estados Parte que se “Establecerá procedimientos apropiados por los que se exija la evaluación del impacto ambiental de sus proyectos propuestos que puedan tener efectos adversos importantes para la diversidad biológica con miras a evitar o reducir al mínimo esos efectos y, cuando proceda, permitirá la participación del público en esos procedimientos”.  El caso de El Socorro representa una amenaza para los ciudadanos capitalinos por atacar los servicios ecosistémicos del país y no contar con una herramienta de Estudio de Impacto Ambiental -EIA- y medidas de mitigación acordes al proyecto. 

La Dirección de Gestión Ambiental y Recursos Naturales del MARN es la encargada de definir las acciones preventivas que debe promover el Ministerio para conservar la calidad del ambiente y de los recursos naturales, para lo cual, deberían considerar los medios científicos y tecnológicos a su alcance; y que como encargada y responsable de evaluar, dar trámite y resolver todos los instrumentos ambientales debe hacerlo en el marco de los principios que establece el Derecho Ambiental y la legislación ordinaria vigente.  Debe actuar en base a lo establecido en el Decreto 7-13, Ley marco para regular la reducción de la vulnerabilidad, la adaptación obligatoria ante los efectos del cambio climático y la mitigación de gases de efecto invernadero, en su artículo 6. 

Hablando de ciudades, Según National Geographic (2010), para el año 2050, se espera que dos tercios de la población mundial viva en zonas urbanas. Debemos diseñar e incorporar nuevos instrumentos para la regulación del uso del suelo que tomen en cuenta los asuntos relacionados con el medio ambiente. Además, la rápida expansión urbana que está experimentando el país conlleva necesidades que los gobiernos deben brindar a todos los habitantes: infraestructura, servicios básicos, vivienda, educación y salud, mencionados en el Objetivo de Desarrollo Sostenible 11 Ciudades y Comunidades Sostenibles; si a esto se le suma las consecuencias provocadas por la falta de planificación y control, el reto es mayor.

De llegarse a aprobar el instrumento ambiental por parte de funcionarios podría estarse materializando un acto de vulneración al mandato de cumplir y hacer que se cumpla el régimen concerniente a la conservación, protección, sostenibilidad y mejoramiento del ambiente y los recursos naturales en el país y el derecho humano a un ambiente saludable y ecológicamente equilibrado a cargo del MARN, con base a lo que establece el Artículo 29 BIS del Ley del Organismo Ejecutivo, sobre el  derecho humano a un ambiente sano.

Se defiende el proyecto El Socorro bajo el argumento de que es propiedad privada. No obstante, las consecuencias ambientales provocadas por proyectos no planificados adecuadamente, ya se viven y las viviremos quienes vivimos en el país y más los que viven en lugares aledaños al lugar. Según diversos autores, la ciudad es un pacto social cívico político de personas que buscan un proyecto común, que se supone es el bienestar social colectivo. En fin, el papel de los movimientos sociales para garantizar el pleno derecho a la ciudad es clave en la lucha social histórica y debe ser sustentada en el conocimiento científico. El proyecto no fue consultado y el proponente omitió el proceso de información por lo del expediente se deduce que se omitió el proceso de comunicación pública durante su elaboración. Se considera que las diez encuestas efectuadas a los vecinos son insuficientes para la magnitud del proyecto y no establecen una forma de resolución de conflictos potenciales que involucre a la población, por lo que es importante hacer la debida consulta vecinal y no violar los derechos de los ciudadanos.

Es sumamente importante conocer que, según Castañeda (2020) y las declaraciones de urbanistas, el proyecto de Ciudad Cayalá sería una apuesta de 15 años, los cuales comenzaron a correr en 2003.  Anteriormente, el Grupo Cayalá, ya había desarrollado proyectos residenciales en el área, que había sido adquirida en 1913. Fue así como en 1982 arrancaron los proyectos urbanísticos, siendo Jacarandas de Cayalá el primero. Diez años después, en 1992, aparece Buganvilias de Cayalá, seguida de Encinos de Cayalá en 1998. Además, hace muchos años, cuando obtuvieron esas tierras, su valor era diferente, pues el valor de la tierra va tomando plusvalía con el tiempo. Se deben tomar en cuenta los métodos de valoración ambiental para poder contextualizar el valor que tiene el bosque, las cuencas, ríos, el entorno natural que aún protege al valle de la Ciudad de Guatemala. 

El caso El Socorro también demuestra que la ley forestal, como la mayoría de las leyes en Guatemala, es sumamente deficiente, ya que no se encuentran actualizadas ni aplican para las nuevas problemáticas ambientales. En el caso de la ley forestal, esta no protege a los bosques urbanos en años de crisis climática. Además, beneficia a los madereros, buscando una industria forestal. 

Es necesario abandonar el modelo extractivo irracional, se debe de innovar y replantear los modelos urbanísticos para desarrollar proyectos. Por esto, solicitamos públicamente a los proponentes del proyecto replantear el uso de suelo con densidades mucho más bajas y de interés común. Esta coyuntura debe enseñar al país a crear modelos de desarrollo sostenible que busquen el equilibrio entre el crecimiento económico y la conservación de la naturaleza.

El Socorro evidencia las deficiencias de nuestra legislación ambiental, ya que la ley solo obliga a realizar el Estudio de Impacto Ambiental, cuando lo que se debería hacer es una Evaluación ambiental Estratégica. Asimismo, la herramienta de EIA en Guatemala parece ser un trámite burocrático, una mera formalidad, carente de cualquier rigor científico. Por esto, es importante que las entidades realicen una reingeniería de las leyes involucradas en la gestión ambiental del país. Se deben hacer reformas en todas las leyes, reglamentos y políticas ambientales que se adapten a la realidad y con proyecciones a futuro. Se deben establecer direcciones de investigación, las cuales puedan generar y sistematizar información científica que permita construir líneas base acordes a la realidad del país.

Invitamos a las y los guatemaltecos a recobrar conciencia de que la ciudad nos pertenece. Esta no es de dos ni de un grupo social, es de todos, es nuestra casa común y debemos participar y dirigir el destino de nuestra sociedad. No es justo solo sufrir las externalidades consecuencia del desarrollo insostenible.

Bibliografía

Congreso de la República de Guatemala. (2013). Decreto 7-2013 Ley Marco Para Regular la Reducción de la Vulnerabilidad, la adaptación obligatoria ante los efectos del Cambio Climático y la Mitigación de Gases de Efecto Invernadero. Recuperado el: 03/03/2021, del Congreso de la República de Guatemala. Disponible en: https://www.marn.gob.gt/Multimedios/2682.pdf

Consejo Nacional de Áreas Protegidas (CONAP). (2013). Implementación del Convenio sobre la Diversidad Biológica en Guatemala: logros y oportunidades. Recuperado el: 03/03/2021, de CONAP. Disponible en: https://www.marn.gob.gt/Multimedios/411.pdf

National Geographic. (2010). Amenazas de urbanización. Recuperado el: 2/02/2021, de National Geographic. Disponible en: https://www.nationalgeographic.es/medio-ambiente/amenazas-de-la-urbanizacion

Naciones Unidas. (1992). Convenio Sobre la Diversidad Biológica. Recuperado el: 03/02/2021, de Naciones Unidas. Disponible en: https://www.cbd.int/doc/legal/cbd-es.pdf

Castañeda, C. (2020). El Socorro, Grupo Cayalá y la oveja negra de la familia, Mario Leal Castillo. Recuperado el: 02/03/2021, de Relato. Disponible en: https://www.relato.gt/actualidad/el-socorro-grupo-cayala-y-la-oveja-negra-de-la-familia-mario-leal castillo/?__cf_chl_jschl_tk__=55455c8e8f30d90b107f32a79b00c8f07ac897be-1614735279-0-AU4pWuzkfBBVcVj686HFpzQvv7pqKtm2ymXcgJijGWbPMfc9KEbgJKvHQ2ef5sXTx3_1cdS7EM47UgqVQXOS01Rx4W6ydJG3lqfIYvOOgh1EcToo1ylkqTWZjy3gXITHF3CC-0PPI4eOLa5BdCA5KBI4PBrdImopDA9S2q8Mcw7pzgGoOu_zl1Ym28xIN4JmLL9A1kgh-Nxrc1XOY5v8tDNt8XqwU12cxkCrOHNn_W4xp7bs-0oBet3halkG2t-zxMSGzSDLRxPd8bEXjdmoLcqGdhgUxJftRXRPFtj8stgCzyJYqnQ9gjC3vynVoDw725l39q2pQN5SxnPRy5nzbSh62pplWMHlqKm792F_FSbUr4G7O-Y0MTesOkda6phakRFtqJBbZjmxO53w4QTwJza4_0omiIw5L6ZGR9mmPXkN

La Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO), Universidad San Carlos de Guatemala (USAC), Universidad Rafael Landívar (URL). (2012). Cambio climático y biodiversidad: un análisis de sus interacciones para Guatemala. Recuperado el: 03/02/2021, de FLACSO, USAC, URL. Disponible en: http://www.infoiarna.org.gt/rediarna/2012/Red%20Informa%2010/adjuntos/suplemento-cc.pdf

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